Desde el 2023 que ya está vigente el Convenio 190 contra la violencia en el trabajo y con la promulgación en el diario oficial y entrada en vigencia el 1 de agosto se comienza a dar cumplimiento al convenio. ¿Pero? que significa esto.

Significa por ejemplo, que la empresa debe desarrollar un protocolo de prevención para evitar casos de acoso laboral y sexual.

Sin embargo, hay aspectos que conviene analizar, como es por ejemplo el caso de las conductas castigables por la norma, los mecanismos de denuncia, entre otros. Por ejemplo, las denuncias por ley karin no se hacen desde una plataforma de la empresa si no que directo a la inspección del trabajo, lo que sin duda, pondrá a prueba a los fiscalizadores y fiscalizadoras y a los mecanismos de denuncia.

El problema que puede ocurrir es que en algunos casos el límite entre una conducta sancionable y otra que no es la óptima, es muy delgado, lo que puede llevar a una «caza de brujas», donde si como trabajador y trabajadora no estas informado, puedes pasar un mal rato e incluso la posibilidad de perder tu trabajo.

Esto motivó que la Federación de Supervisores del Cobre y sus comunicaciones, desarrollaran una breve infografía con algunas de las conductas con las que debes tener cuidado para evitar riesgos.

La norma puede ser tremendamente positiva, pero lamentablemente, si es mal utilizada puede convertirse en un dolor de cabeza para cualquiera. Esta información debes complementarla, desde SISAN compartiremos los dictámenes y modificaciones y te informaremos sobre los cambios y nos apoyaremos con nuestro asesor legal, José Tomás Peralta, para que estes atento y atenta.

LAS CONDUCTAS QUE SON SANCIONABLES

CONDUCTAS QUE DEBES ERRADICAR de comunicaciones SISAN/ Campaña FESUC